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¿Cómo declarar una pensión por incapacidad permanente?

Recibir una pensión por incapacidad permanente supone un cambio importante tanto a nivel personal como económico. Sin embargo, una de las dudas más frecuentes aparece cuando llega la campaña de la renta.


En nuestra plataforma Easyabogado contamos con abogados especializados en incapacidades permanentes que asesoran tanto en el reconocimiento de la incapacidad como en las implicaciones fiscales posteriores. Porque no todas las pensiones tributan igual y un error en la declaración puede generar requerimientos o regularizaciones innecesarias.


Comprender cómo declarar una pensión por incapacidad permanente exige analizar primero qué tipo de incapacidad se ha reconocido y cuál es el origen de la prestación.

¿Qué es una pensión por incapacidad permanente y por qué influye en su tributación?

La incapacidad permanente es una prestación económica que reconoce la Seguridad Social cuando una persona presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad laboral.


Existen distintos grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Y aquí está la clave, no todas tienen el mismo tratamiento fiscal.


Desde el punto de vista del IRPF, estas pensiones se consideran, con carácter general, rendimientos del trabajo. Sin embargo, la normativa establece importantes exenciones en determinados supuestos.


Por eso, antes de declarar, es fundamental identificar correctamente el grado reconocido y la resolución administrativa que lo acredita.

¿Cuándo está exenta la pensión por incapacidad permanente?

No todas las pensiones por incapacidad permanente tributan. La ley contempla supuestos de exención total, lo que significa que no deben incluirse en la base imponible del IRPF.


Con carácter general la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez están exentas. 


Esto implica que, si el INSS ha reconocido alguno de estos grados, la pensión no se integra en la declaración de la renta y no genera obligación de tributar por ella.


Sin embargo, es importante comprobar que la prestación procede del régimen público de la Seguridad Social o de entidades que actúan como sustitutivas. En algunos casos, determinadas prestaciones complementarias de seguros privados sí pueden tener un tratamiento diferente.

¿Qué ocurre con la incapacidad permanente total?

La situación cambia cuando hablamos de incapacidad permanente total.


En este caso, la pensión sí tributa como rendimiento del trabajo. Por tanto, debe incluirse en la declaración de la renta como cualquier otra prestación pública.


El organismo pagador suele practicar retenciones mensuales de IRPF, pero eso no significa que no deba revisarse la declaración. Dependiendo de los ingresos totales del contribuyente, puede resultar a devolver o a ingresar.


Además, si la persona realiza otra actividad laboral compatible con la incapacidad permanente total, los ingresos deberán sumarse lo que puede modificar el tipo efectivo de tributación.



¿Cómo se incluye en la declaración de la renta?

Cuando la pensión tributa debe declararse como rendimiento del trabajo, igual que un salario.


La Agencia Tributaria suele incorporar automáticamente los datos fiscales enviados por la Seguridad Social, por lo que la cuantía aparece reflejada en el borrador. Aun así, es importante revisar que:


  • El importe anual coincide con los certificados de la Seguridad Social.

  • Las retenciones aplicadas son correctas.

  • No se está declarando por error una pensión que debería estar exenta.


En caso de que la pensión esté exenta pero aparezca en los datos fiscales conviene revisar el motivo. A veces puede tratarse de prestaciones complementarias que sí tributan o de errores en la clasificación.


¿Qué pasa si la incapacidad se reconoce con efectos retroactivos?


En ocasiones, la incapacidad permanente se reconoce tras un procedimiento judicial o una revisión administrativa, con efectos económicos retroactivos.


En esos casos, puede recibirse una cantidad acumulada correspondiente a varios meses o incluso años anteriores. Fiscalmente, estos atrasos deben imputarse al ejercicio en el que la resolución sea firme, aunque pueden requerir declaraciones complementarias si corresponden a ejercicios anteriores.


Este punto es especialmente delicado y conviene revisarlo con asesoramiento profesional para evitar errores que puedan derivar en sanciones o intereses.


Aunque pueda parecer una cuestión sencilla, declarar una pensión por incapacidad permanente puede presentar matices relevantes. El grado reconocido, el origen de la prestación, la existencia de complementos o ingresos adicionales y la fecha de efectos económicos pueden modificar el tratamiento fiscal.


Además, en situaciones donde la incapacidad ha sido denegada inicialmente y reconocida tras intervención judicial, la gestión fiscal puede complicarse.


Por eso, contar con un abogado especializado en incapacidad laboral permite no solo defender el reconocimiento de la prestación, sino también garantizar que su tratamiento posterior sea correcto desde el punto de vista tributario.


Declarar correctamente una pensión por incapacidad permanente no es solo una cuestión administrativa. Es una forma de evitar problemas futuros y de asegurarse de que se están aplicando las exenciones y beneficios fiscales que realmente corresponden.