Recibir una carta de despido nunca es una situación fácil y lo es todavía menos cuando se produce por el cierre de la empresa en la que has trabajado. En estos casos, surgen muchas dudas: ¿qué indemnización me corresponde?, ¿puedo reclamar?, ¿qué ocurre si la empresa no tiene dinero para pagarme?
En este artículo vamos a explicarte qué implica un despido por cierre de empresa en España y qué derechos tienes como trabajador.
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El despido por cierre de empresa se produce cuando el empleador decide cesar toda la actividad empresarial y dar por terminados los contratos de trabajo de sus empleados. A diferencia de otros tipos de despido, en este caso no se trata de una falta del trabajador ni de un ajuste puntual de personal, sino de una decisión definitiva que afecta a toda la plantilla.
Este cierre puede deberse a múltiples causas: problemas económicos, jubilación del empresario, fallecimiento del titular en negocios individuales, decisiones estratégicas o incluso la imposibilidad de mantener la actividad.
El despido por cierre de empresa está regulado en el Estatuto de los Trabajadores. La norma establece que cuando el empresario extingue la relación laboral por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, debe hacerlo siguiendo un procedimiento específico y garantizando una indemnización justa.
Dependiendo del número de trabajadores afectados, puede tratarse de un despido colectivo (cuando se superan los umbrales legales) o de un despido objetivo si afecta a menos empleados.
En cualquier caso, el cierre debe comunicarse por escrito, indicando la causa concreta y con un preaviso mínimo de 15 días.
Uno de los aspectos que más preocupa a los trabajadores en estos casos es la indemnización.
En general, la indemnización corresponde a 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, tal y como establece la ley para los despidos objetivos.
Si el cierre afecta a un número elevado de trabajadores y se tramita como despido colectivo, la indemnización será la misma, aunque podrá pactarse una cantidad mayor en el marco de la negociación con los representantes de los trabajadores.
En muchos casos, las empresas que cierran lo hacen por dificultades económicas. Entonces surge la pregunta: ¿qué pasa si no hay dinero para pagar a los empleados?
En estos casos entra en juego el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), que asume parte de las indemnizaciones y salarios pendientes cuando la empresa es insolvente o se encuentra en concurso de acreedores.
FOGASA cubre hasta un máximo de 20 días por año trabajado, con ciertos límites de salario y mensualidades. Aunque no siempre cubre la totalidad de lo adeudado, garantiza al menos una parte del pago al trabajador.
El procedimiento para llevar a cabo un despido por cierre de empresa en España depende del tamaño de la compañía y del número de trabajadores afectados, pero siempre debe respetar lo que establece la ley.
Cuando el cierre afecta únicamente a uno o a pocos empleados, el empresario puede recurrir al despido objetivo. En este caso, la empresa debe comunicarlo por escrito a través de una carta de despido en la que se expliquen con claridad las razones que justifican el cierre. Además, está obligada a entregar al trabajador la indemnización correspondiente en el mismo momento de la notificación o, en su defecto, ponerla a disposición de forma inmediata. La ley también exige un preaviso mínimo de 15 días, salvo que la empresa decida no concederlo y abone al trabajador esos días no trabajados en la liquidación final.
En cambio, si el cierre afecta a un número considerable de trabajadores, la normativa obliga a tramitarlo como un despido colectivo, lo que se conoce habitualmente como un ERE de extinción. En este escenario, la empresa tiene que iniciar un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores. Durante ese tiempo, ambas partes negocian las condiciones del despido, especialmente la indemnización y las posibles medidas de acompañamiento para los afectados. Una vez concluido este período, la decisión se comunica formalmente tanto a los empleados como a la autoridad laboral competente que supervisa el procedimiento para garantizar que se respeten los derechos de la plantilla.
En cualquiera de las dos modalidades, el empresario debe entregar al trabajador toda la documentación relacionada con la finalización de la relación laboral: la carta de despido, el finiquito con las cantidades pendientes (vacaciones no disfrutadas, pagas extra, horas extraordinarias, etc.) y el certificado de empresa que servirá para tramitar la prestación por desempleo.
El despido por cierre de empresa es una situación delicada, pero la ley española garantiza una serie de derechos a los trabajadores, entre ellos una indemnización y la posibilidad de acceder al paro.
El empresario debe cumplir con todos los procedimientos legales, entre los que se incluye respetar los plazos de preaviso y calcular la indemnización correctamente. Por ello, en estos casos contar con asesoramiento es fundamental. Un abogado especializado en despidos asegura que se cumplan tus derechos como trabajador.