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¿Puedo irme a vivir a otra ciudad si estoy separada y con hijos?

Una separación o divorcio no impiden que uno de los progenitores se traslade a otra ciudad. Pero cuando el traslado afecta al lugar de residencia de un hijo menor y ambos conservan la patria potestad, la decisión del cambio de domicilio del menor corresponde a ambos progenitores. 


Por lo tanto, si una persona quiere trasladarse a otra ciudad junto con su hijo menor, deberá tener el consentimiento del otro progenitor para poder llevar a cabo dicho traslado. 


Cuando se trata de decisiones tan delicadas como un cambio de residencia con hijos menores de edad, lo más recomendable es contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia. Un profesional podrá evaluar tu situación concreta, ayudarte a actuar dentro del marco legal y, sobre todo, proteger los intereses de tu hijo o hija. En la plataforma web encontrarás abogados de derecho de familia especializados en divorcios que podrán asesorarte. 


¿Puedo irme a vivir a otra ciudad si tengo la custodia de mis hijos?

Para poder trasladarse a otra ciudad con un hijo menor se debe tener en cuenta el régimen de patria potestad y las medidas que se han establecido. 


En el convenio regulador tras el divorcio, se establecen las medidas de guarda y custodia así como la patria potestad. La guarda y custodia está relacionada al cuidado y convivencia habitual del menor y la patria potestad a las decisiones relevantes en la vida del menor. 


Esto significa que aunque una persona tenga atribuida la custodia de manera exclusiva, no puede tomar las decisiones importantes (como es el caso de un traslado) sin autorización expresa del otro progenitor cuando ambos conserven la patria potestad. El artículo 154 del Código Civil establece que las personas que tengan la patria potestad son las encargadas de decidir el lugar de residencia habitual del menor y que solo podrá modificarse con el consentimiento de ambos progenitores o con autorización judicial. 



Aspectos que valorará el juez para autorizar un cambio de residencia

Cuando los progenitores no se ponen de acuerdo y tienen que acudir al juzgado, el juez tendrá como prioridad para tomar una decisión el interés superior del menor. 


Entre los aspectos que tendrá en cuenta se encuentran las circunstancias que motivan el traslado, la distancia entre ambas localidades y la posibilidad de seguir manteniendo una relación con el otro progenitor. También se valorará la edad del menor y su entorno escolar y social, así como los vínculos familiares. En general, el juez analizará el posible impacto que puede conllevar ese traslado en la vida del menor. 


La razón que lleva al progenitor a trasladarse también será una circunstancia que valorará el juez, no es lo mismo que el motivo del traslado sea laboral que un traslado que no vaya acompañado de ninguna razón o modificación importante. 


El juzgado puede requerir que la persona que solicita el traslado aporte documentación que pueda ayudar a conocer la nueva situación. Es decir, contrato nuevo de trabajo, información sobre la vivienda y el centro escolar donde irá el menor, entre otros documentos. 


La opinión concreta del menor puede ser importante, el Código Civil establece que cuando los hijos tienen la suficiente madurez deben ser escuchados antes de tomar decisiones que les afecten directamente.

El traslado cuando existe custodia compartida 

La custodia compartida complica el hecho de trasladarse a otra ciudad, ya que dependiendo de la distancia puede ser imposible mantener el sistema de convivencia.


En estas situaciones el juez valorará la alternativa que protege mejor el interés del menor, lo que puede provocar una nueva organización de la convivencia y tener que adaptar los periodos de estancia con el progenitor. 


Este fue el caso de Laura que tenía custodia compartida con su ex marido. Su convenio regulador establecía que el hijo pasaba dos semanas con cada uno de los progenitores.

Pero a Laura le ofrecieron un trabajo en otra ciudad y la distancia impedía seguir manteniendo el mismo sistema de convivencia. 


Su ex marido en un primer momento se negó al cambio de domicilio y Laura acudió a nosotros para contratar un abogado especializado en derecho de familia. Preparamos con ella toda la documentación y una propuesta de visitas. En este punto, Laura presentó al juez la oferta de trabajo, las condiciones de la nueva vivienda así como la información del colegio en el que quería matricular al menor. También presentó una propuesta para que padre e hijo no perdieran la relación. 


Finalmente, el juez consideró que el cambio era positivo para el menor, ya que suponía una mejora importante en las condiciones económicas y, por lo tanto, una mejora en la calidad de vida del menor. Para ello, se establece un régimen basado en períodos de convivencia más largos durante las vacaciones del menor con su padre. También, se establece que Laura debe facilitar la comunicación habitual entre el menor y su padre durante los períodos que no pudieran estar juntos. Además, ambos progenitores mantendrán la patria potestad y, por lo tanto, el padre seguirá siendo partícipe de las decisiones relacionadas con el menor. 

Los gastos y el nuevo régimen de visitas después de un traslado del menor 

El cambio de ciudad puede provocar que sea necesario modificar el régimen de visitas para que resulte viable. 

Dependiendo de las necesidades en cada caso y de la distancia que exista entre ambos progenitores, pueden producirse estancias más largas o una distribución diferente de las vacaciones del menor. 

En este punto, también debe establecerse cómo se llevarán a cabo los desplazamientos y cómo se reparten los costes. Este reparto dependerá de las circunstancias de cada situación y del acuerdo al que lleguen ambos progenitores o, en su caso, el juzgado. 

Por esta razón, es aconsejable que el progenitor que va al juzgado para solicitar un cambio de domicilio tenga en cuenta todos estos aspectos y presente una propuesta completa. Ante el juzgado no debe plantearse únicamente las razones del cambio de ciudad, sino también cómo se pretende mantener la relación con el otro progenitor. 

Consecuencias de trasladar a un menor sin consentimiento del otro progenitor

Uno de los errores más importantes es realizar un traslado del menor sin consentimiento y después intentar solucionarlo por la vía judicial. 

Si se lleva a cabo un traslado sin consentimiento del otro progenitor y/o sin autorización judicial, pueden producirse consecuencias importantes. El otro progenitor tendrá derecho a acudir al juzgado para solicitar medidas y que se restablezca la situación anterior. 

En determinadas situaciones, el traslado del menor sin autorización puede tener consecuencias legales. El artículo 225 bis del Código Penal regula la sustracción de un hijo menor sin causa justificada, considerando sustracción el traslado del menor sin consentimiento del otro progenitor o de las instituciones. En este caso concreto, la consecuencia es una pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación para el derecho de ejercer la patria potestad de cuatro a diez años. 

Esto no quiere decir que cualquier traslado de un menor sin justificación constituya un delito ya que el propio Código Penal establece que se incurre en un delito cuando no existe causa justificada. 

Preguntas frecuentes sobre irse a vivir otra ciudad estando separada y con hijos 

¿Puedo perder la custodia si me traslado sin autorización?

Un traslado sin autorización por parte del otro progenitor puede tener consecuencias, pero no significa que automáticamente implique la pérdida de la custodia. El juzgado será el encargado de revisar las circunstancias de cada caso concreto y analizar el impacto que esta decisión haya tenido en el menor y su relación con el otro progenitor.

¿Qué ocurre si el otro progenitor no autoriza el traslado?

Si el otro progenitor no acepta el traslado, no debe realizarse el cambio de residencia de manera unilateral. El artículo 156 del Código Civil establece que cuando los padres no son capaces de ponerse de acuerdo en cuanto a las decisiones importantes sobre los hijos, cualquiera de ellos puede acudir al juez quien atribuirá la facultad de decidir a uno de los dos progenitores.

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