Cuando una pareja se separa y hay hijos menores de por medio, una de las obligaciones más importantes que se regulan es la pensión de alimentos. Esta pensión debe ser pagada por uno de los progenitores para contribuir al mantenimiento del hijo o hija. Pero, ¿qué pasa cuando esa persona no paga? ¿Se queda el menor sin esa ayuda?
La respuesta es que el Estado puede actuar como respaldo a través de una herramienta poco conocida: el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. En este artículo te explicamos en qué consiste.
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El fondo de garantía del pago de alimentos, es un mecanismo creado por el Estado español para proteger a los hijos menores de edad en situación de vulnerabilidad cuando el progenitor obligado a pagar la pensión alimenticia no lo hace.
Este fondo, gestionado por el Ministerio de Economía y Hacienda, adelanta parte de esa pensión durante un tiempo limitado para garantizar que los menores no queden desprotegidos. No cubre la totalidad de la pensión fijada judicialmente, pero sí proporciona una ayuda económica mensual que puede marcar una diferencia en familias con pocos recursos.
Este fondo está dirigido a familias monoparentales que tienen reconocida judicialmente una pensión de alimentos a favor de un hijo o hija menor de edad o con discapacidad, cuando el progenitor obligado no paga total o parcialmente la pensión.
Pueden solicitarlo el progenitor custodio (quien vive con el menor) o el representante legal del menor.
Para poder solicitar el fondo de garantía hay que cumplir una serie de requisitos económicos y judiciales.
Debe haber una sentencia firme o un convenio aprobado judicialmente que establezca el derecho del menor a recibir alimentos. Es decir, tiene que haber una pensión de alimentos reconocida oficialmente.
Se debe acreditar que el progenitor obligado no ha pagado total o parcialmente la pensión durante al menos un mes. Basta con un solo impago para iniciar la solicitud.
La unidad familiar debe tener ingresos por debajo de ciertos límites, que se calculan en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Por ejemplo, para una madre o padre con un hijo, el límite será distinto que para una familia con dos o más hijos.
El hijo o hija beneficiaria debe ser menor de edad, residir en España de forma legal y ser español o nacional de otro país con residencia legal.
La cantidad que se percibe no es igual a la pensión original. El Estado paga un importe mensual fijo que se actualiza anualmente. A fecha actual (2025), la cuantía máxima es de 220 euros mensuales por menor, aunque esta cifra puede variar.
El abono tiene una duración máxima de 18 meses y se paga mensualmente, pero de forma retroactiva desde que se solicitó.
Es importante saber que el Estado no perdona la deuda del progenitor moroso, es decir, simplemente adelanta el dinero y luego puede iniciar acciones para recuperar esos importes de la persona obligada.
Si el progenitor moroso retoma el pago de la pensión o si se logra recuperar el dinero a través de un procedimiento judicial, entonces el derecho a seguir cobrando del fondo se extingue. No se puede cobrar doble (del fondo y del progenitor a la vez).
En todo caso, es importante informar a la administración de cualquier cambio en la situación familiar o económica.
Para solicitar el fondo de garantía debes presentar la solicitud en la Delegación de Economía y Hacienda de tu provincia o por medios electrónicos si dispones de certificado digital. Algunos ayuntamientos o servicios sociales también pueden ayudarte con el trámite.
Además deberás aportar la documentación necesaria:
Copia de la sentencia o convenio regulador con la pensión reconocida.
Justificante de impagos.
DNI o NIE del solicitante y del menor.
Certificado de empadronamiento.
Justificantes de ingresos y situación económica.
La administración revisará el expediente y si se cumplen los requisitos se aprobará el abono de la ayuda que comenzará a pagarse mensualmente por un periodo máximo de 18 meses.
No es obligatorio para solicitar esta ayuda, pero sí muy recomendable contar con un abogado de familia, especialmente si vas a iniciar una ejecución judicial de la pensión o si necesitas apoyo para reclamar otros derechos relacionados con la custodia o el régimen de visitas.
Además, si el impago es reiterado, tu abogado puede ayudarte a valorar si procede una denuncia por delito de abandono de familia, que está tipificado en el Código Penal.
El fondo de garantía del pago de alimentos es un recurso valioso para proteger a los menores cuando uno de sus progenitores no cumple con su obligación de pagar la pensión. No cubre el 100% de la pensión, ni es una solución definitiva, pero sí puede aliviar una situación complicada y aportar estabilidad a la familia.